Redacción de certificados de empresa

Cuando un trabajador cesa en la empresa, la ley le exige aportar un certificado de empresa para poder solicitar la prestación por desempleo.

El artículo 27 del Real Decreto 625/1985 obliga a los empresarios y a las Administraciones Públicas a facilitar a los trabajadores este certificado en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la situación legal de desempleo.

Nuestro servicio

Elaboración del certificado

Preparamos el certificado conforme al modelo oficial del SEPE, indicando la causa de extinción o suspensión del contrato, la fecha de efectos y las bases de cotización. Nos aseguramos de que los datos coincidan con los partes de alta y baja y con las cotizaciones presentadas.

Envío a través de Certific@2

Remitimos el certificado telemáticamente mediante la aplicación Certific@2, que exime al trabajador de entregarlo presencialmente en la oficina de empleo. Cumplimos con el plazo de diez días establecido en la normativa.

Beneficios

  • Cumplimiento de plazos:

    evitamos sanciones por retraso en la entrega del certificado.

  • Facilita la prestación:

    el trabajador puede tramitar su prestación sin impedimentos.

  • Seguridad jurídica:

    la empresa acredita correctamente la situación de desempleo.

     

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Nuestro equipo te asesorará de forma rápida y cercana.

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