Solicitudes de certificados tributarios
Los certificados tributarios son documentos oficiales expedidos por la Agencia Tributaria que acreditan la situación fiscal de una entidad o persona.
El más habitual es el certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias, previsto en el artículo 74 del Reglamento General de gestión e inspección tributaria. Este certificado indica si el obligado está al corriente (resultado positivo) o si existen deudas o falta de declaraciones (resultado negativo).
Procedimiento que seguimos
Revisión previa
Antes de solicitar el certificado, comprobamos que no haya deudas pendientes ni declaraciones sin presentar. Si existen incidencias, aconsejamos su regularización para obtener un certificado positivo.
Solicitud telemática
Presentamos la solicitud del certificado en nombre del cliente a través de la sede electrónica de la AEAT. La Agencia Tributaria expide los certificados tributarios en un plazo máximo de veinte días y tienen una validez de doce meses, salvo que se establezca otro periodo. Tras la emisión, facilitamos el PDF al cliente.
Certificados de socios
Además de los certificados de la empresa, también solicitamos los certificados tributarios de los socios o administradores cuando se requieren para licitaciones públicas o subvenciones.
Beneficios
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Acreditación oficial:
demostrar la solvencia fiscal es requisito en contratos públicos y solicitudes de ayudas.
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Detección de incidencias:
al preparar la solicitud identificamos posibles deudas o errores en la presentación de declaraciones.
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Tramitación ágil:
el cliente no necesita interactuar con la AEAT; nosotros gestionamos todo el proceso.
Estamos aquí para ayudarte
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Nuestro equipo te asesorará de forma rápida y cercana.
