Solicitudes de aplazamiento
En ocasiones, la situación económica de la empresa impide abonar de inmediato impuestos o cotizaciones. En estos casos se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de deudas. La Agencia Tributaria establece que puede conceder aplazamientos cuando la situación económico‑financiera del obligado le impida de forma transitoria pagar en los plazos establecidos, salvo determinadas deudas excluidas.
Cómo gestionamos el aplazamiento
Análisis de la deuda
Revisamos el tipo de deuda, su importe y la fecha de vencimiento para determinar si es aplazable. No pueden aplazarse las retenciones, ingresos a cuenta ni determinadas deudas tributarias.
Documentación justificativa
Preparamos la solicitud con documentación que acredita las dificultades económicas y, en su caso, proponemos garantías o avales. La solicitud debe presentarse dentro del periodo de ingreso y puede requerir aportar bienes en garantía.
Negociación del plan de pagos
Proponemos un calendario de pagos y gestionamos la comunicación con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social. Una vez concedido el aplazamiento, controlamos el cumplimiento de los vencimientos para evitar la revocación.
Beneficios
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Liquidez:
el aplazamiento permite liberar tesorería en momentos de dificultad.
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Evitar recargos:
presentar la solicitud en plazo evita recargos ejecutivos.
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Planificación:
negociamos cuotas que se ajustan a la capacidad de pago del cliente.
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