Factura electrónica obligatoria para autónomos: fechas, requisitos y cómo prepararte
La factura electrónica en las operaciones entre empresas y autónomos (B2B) será obligatoria en España. Aunque los plazos definitivos dependen del desarrollo reglamentario, esperar a la fecha límite para adaptar tu negocio suele traducirse en prisas, errores y problemas con Hacienda. A continuación, te comparto el calendario previsto, los requisitos técnicos que exigirá la ley y los pasos clave para preparar tu facturación. También te aclaro una duda muy común: en qué se diferencia exactamente esta medida del sistema Verifactu y de la factura electrónica para la Administración Pública. Vamos a ello. Empezamos. ¿Qué es la factura electrónica obligatoria? La factura electrónica B2B es la factura emitida, transmitida y recibida en un formato electrónico estructurado (legible por una máquina) en las operaciones entre empresarios y profesionales. La obligación nace del artículo 12 de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (la conocida “Ley Crea y Crece”), que extiende la factura electrónica a todas las relaciones comerciales entre empresas y autónomos establecidos en España. El objetivo es reducir la morosidad y digitalizar la gestión. No la confundas con Verifactu ni con la factura a la Administración Esta es la parte que más confusión genera. Hay tres cosas distintas conviviendo: ➜ Factura electrónica a la Administración (B2G) Obligatoria desde 2015 a través de la plataforma FACe. Ya existe y no es novedad. ➜ Verifactu Nace de la Ley Antifraude y regula los requisitos del software de facturación (que los registros sean inalterables, se remitan a Hacienda, entre otros). Afecta a todas tus facturas y es una obligación independiente. Te contamos sus plazos y detalles en nuestra guía sobre Verifactu para autónomos. ➜ Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) Regula el formato y el intercambio de facturas entre empresas y autónomos. Es la que tratamos en este artículo. 💡 Resumen: Verifactu tiene que ver con cómo tu programa registra las facturas; la factura electrónica B2B, con el formato y el canal por el que las intercambias con otras empresas. ¿Cuándo entra en vigor la factura electrónica obligatoria? La Ley Crea y Crece es de 2022, pero necesitaba un reglamento. Ese reglamento es el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026 y en vigor desde el 20 de abril de 2026. Ahora bien, y esto es lo más importante a día de hoy, la obligación todavía no está activa. ➡️ Su aplicación efectiva queda diferida hasta que se publique una Orden Ministerial que desarrolle la solución pública de facturación, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de octubre de 2026. Desde esa fecha empezarán a contar los plazos: Obligados Plazo desde la Orden Empresas y profesionales con facturación superior a 8 millones de€ 12 meses Resto de empresas y autónomos (menos de 8 millones de €) 24 meses Comunicación de estados de la factura (autónomos y pymes) 36 meses 📌 Importante: estas fechas dependen de la Orden Ministerial definitiva. Hasta que no se publique en el BOE, el calendario exacto no está cerrado, así que conviene no confiarse pero tampoco adelantarse, lo sensato es preparar el terreno ahora y activar el cambio cuando toque. ¿A quién afecta como autónomo? La obligación alcanza a todos los empresarios y profesionales establecidos en España, sin importar tamaño ni sector, en sus operaciones con otras empresas o autónomos. Es decir, si facturas a otro negocio, te afecta. Ahora bien, tienes que tener estos dos puntos muy claros: Requisitos de la factura electrónica B2B El RD 238/2026 fija los requisitos técnicos e informativos del sistema. Los principales: Sanciones por no cumplir La Ley Crea y Crece contempla multas de hasta 10.000 € para quien, estando obligado, no ofrezca la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permita el acceso a ellas. No es una obligación menor, así que conviene llegar a tiempo. ¿Cómo prepararte paso a paso (aunque aún no sea obligatoria)? Algunas ventajas de adelantarte a este cambio Más allá de la obligación, la factura electrónica trae beneficios reales: ➡️ Cobras antes (la trazabilidad de estados presiona a los morosos), reduces de forma notable los costes administrativos, eliminas errores manuales y proyectas una imagen de negocio digitalizado y serio. Quien se adapta con tiempo lo vive como una mejora, no como una carga. Conclusión Como yo lo veo, la factura electrónica obligatoria no es una cuestión de “si ocurrirá”, sino de “cuándo”. La norma ya está aprobada y solo falta la Orden que ponga en marcha el reloj. Adelantarte no solo te evita sanciones, te hace cobrar antes y trabajar mejor. 💼 En GesDogma, tu asesoría contable en Sevilla para autónomos y empresas, te ayudamos a elegir el software y la plataforma adecuados, a adaptar tu facturación al nuevo formato y a llegar a los plazos sin agobios ni improvisaciones. Si quieres tener tu facturación lista antes de que la obligación llegue, escríbenos y lo preparamos juntos. Alberto Ruiz GonzálezCEO y Director de la Asesoría Gesdogma, además de experto en Gestión Fiscal y Contable, con más de 10 años de experiencia asesorando a autónomos y Pymes. gesdogma.com
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